
¿Cuál es la diferencia entre el Régimen SIMPLE y la retención en la fuente?
La selección entre el Régimen SIMPLE de Tributación y el régimen ordinario con retención en la fuente es una de las decisiones con mayor impacto en el flujo de caja de una empresa. No se trata de una diferencia en la tasa de impuesto pagada al final del año, sino en cómo y cuándo se paga ese impuesto a lo largo del ejercicio.
En el régimen ordinario, el contribuyente paga el impuesto de renta mediante retenciones en la fuente que le practican sus clientes en cada transacción, más un anticipo calculado sobre la renta del año anterior. Al final del año, estas retenciones y anticipos se descuentan del impuesto total determinado en la declaración de renta.
En el Régimen SIMPLE (artículos 903 a 916 del Estatuto Tributario), el impuesto de renta, ICA y, en algunos casos, el impuesto al consumo, se pagan mediante seis anticipos bimestrales durante el año gravable. La tarifa es unificada y depende de la actividad económica y el nivel de ingresos.
| Variable de análisis | Régimen SIMPLE | Régimen Ordinario |
|---|---|---|
| Forma de pago del impuesto | 6 anticipos bimestrales durante el año | Retenciones en cada transacción + anticipo anual |
| Incluye ICA municipal | Sí, en la tarifa unificada | No, el ICA se declara por separado a cada municipio |
| Deducciones por costos y gastos | No reducen la base del SIMPLE | Sí, reducen significativamente el impuesto final |
| Actualización del RUT requerida | Sí, debe inscribirse en el SIMPLE antes del plazo | No aplica cambio especial |
| Empresas que más se benefician | Comercio minorista, servicios con márgenes altos y pocos costos | Empresas con estructura de costos significativa (tecnología, manufactura) |
El análisis de costo-beneficio antes de elegir el régimen tributario
La selección del régimen tributario debe tener aparejado un análisis conjunto y previo de la situación financiera y tributaria de la compañía, que determine objetivamente el costo-beneficio y el impacto en el flujo de caja. Los factores principales a analizar son:
- Aplicación y pago de la retención en la fuente frente al pago del impuesto en la declaración de renta. Si los clientes de la empresa practican retenciones altas en cada factura, el régimen ordinario puede generar saldos a favor que se recuperan lentamente. El SIMPLE elimina ese efecto.
- Inscripción o actualización del RUT. Ingresar al SIMPLE requiere actualizar el RUT antes del plazo que establece la DIAN cada año. Si la empresa omite este paso, queda en el régimen ordinario por defecto.
- Pago de anticipos bimestrales. Los anticipos del SIMPLE se presentan y pagan en los meses de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del año siguiente. Las fechas exactas del calendario 2026 están disponibles en el decreto de plazos publicado por la DIAN.
- Presencia Económica Significativa (PES). Para las empresas con obligaciones derivadas de la tributación por PES —régimen que aplica a prestadores de servicios digitales desde el exterior—, el análisis requiere una capa adicional de evaluación que combine el tratamiento de IVA y renta bajo este esquema.

¿Qué pasa si la empresa cambia de régimen en el año?
Una vez inscrito en el SIMPLE, el contribuyente permanece en él durante el año completo. Solo puede retirarse al cierre del año gravable, actualizando el RUT antes de las fechas límite establecidas por la DIAN para el año siguiente. No es posible hacer el cambio de régimen a mitad de año de forma voluntaria.
Si durante el año el contribuyente incumple alguna de las condiciones para pertenecer al SIMPLE —por ejemplo, superar el umbral de 100.000 UVT de ingresos— la DIAN puede excluirlo del régimen, lo cual genera una reliquidación del impuesto del año completo bajo el régimen ordinario.
Para complementar este análisis con las obligaciones de reporte de información, revisa nuestro artículo sobre el reporte de información exógena ante la DIAN y cómo aplica para contribuyentes del SIMPLE. Si tu empresa tiene obligaciones como agente retenedor, es importante conocer también las implicaciones tributarias para las personas naturales que participan en la empresa.
¿Necesitas orientación sobre este tema?
Si necesitas mantenerte al día con las obligaciones tributarias de tu empresa o evaluar si el Régimen SIMPLE es conveniente para tu actividad, nuestro equipo puede acompañarte todo el año. Conoce nuestro servicio de cumplimiento tributario en Colombia o conoce también nuestra consultoría tributaria especializada. Si prefieres hablar con un asesor de AkauntaLaw Al Partners, escríbenos a través de nuestro formulario de contacto.



